Ante las dudas que surgen sobre el tintado de las lunas en los coches, vamos a resumir algunos puntos que marca la ley que lo regula en España, se trata de una norma de 2010 publicada en el Boletín Oficial del Estado por el Ministerio de Industria, que es el organismo encargado de su aplicación en los vehículos que circulan por nuestras carreteras.

En España no se pueden tintar las ventanillas delanteras de los vehículos, es decir ni conductor ni copiloto, ten en cuenta que la ley prohíbe su instalación en un ángulo de 180º del campo de visión del conductor en adelante pero si se pueden laminar laterales y térmica de furgonetas y turismos sin problema.

Existen excepciones a esta prohibición como la prescripción médica por enfermedades que te afecten especialmente por exposición a los rayos solares, vehículos oficiales o de personas amenazadas.

En cualquier caso estas láminas instaladas deberán estar homologadas por Industria y la instalación debe cumplir unos estándares de calidad mínimos, por ejemplo, no puede haber indicios de que el material pierde adherencia y no se permiten las pompas o burbujas de más de 2mm de diámetro.

Es obligatorio llevar la documentación que te aportamos en el taller con los papeles del coche, te en cuenta que en un control policial, los agentes pueden pedirte el certificado de industria de tu lámina y comprobar que lleves los sellos correspondientes en cada cristal.

Recuerda que siempre es más barato utilizar láminas homologadas y acudir a nuestros talleres, que hacerlo tu mismo y que en dos meses aparezcan burbujas o la lámina se decolore y no puedas pasar la ITV o te pongan una multa en un control policial.

Más información de ley BOE-A-2010-11822 relativa a las “láminas de material plástico, destinadas a ser adheridas a los vidrios de seguridad”.